Diccionario de la Ciencia y de la Técnica del Renacimiento
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Variantes: merindad.
( de merino 'autoridad puesta por el Rey o un gran señor para ejercer funciones fiscales, y posteriormente judiciales y militares, sobre cierto territorio', del lat. majorinus 'perteneciente a la especie mayor' (DECH) ).

1. sust. f.

1ª datación del corpus: Celso, Reportorio universal leyes Castilla, 1553.
Marca diatécnica: Geogr.

Definición:

Distrito con una ciudad o villa importante que defendía y dirigía los intereses de los pueblos y caseríos sitos en su demarcación. (DLE).

Ejemplo(s):

Ejemplo 1:

En cada ciudad y villa que son cabeças de los arçobispados, y obispados, y merindades y partidas d’estos reynos de tomar a lo menos un marco de ocho onças. (Celso, Reportorio universal leyes Castilla, 1553, fol. CCLIXr).

Ejemplo 2:

Los pesquisidores que embiare el Rey sobre las comarcas y merindades de las ciudades deven ser honrados como los adelantados mayores de sus mismos lugares. (Celso, Reportorio universal leyes Castilla, 1553, fol. CCLXv).

Ejemplo 3:

En su lugar Joán de Herrera, montañés, natural de la villa de Camargo, en la Merindad de Trasmiera. (Arphe, Varia Commensuración, 1585-87, IV, fol. 3v).


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