Diccionario de la Ciencia y de la Técnica del Renacimiento
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Variantes: debda, deuda.
( del lat. dēbĭta (DECH) ).
Familia léxica: deber.

1. sust. f.

1ª datación del corpus: Ortega, Conpusición Arismética y Geometría, 1512.
Marca diatécnica: Arit.

Definición:

Cantidad de la que ha de restarse otra. (DRAE, s. v. minuendo).

Sinónimos(s):

recibo.

Ejemplo(s):

Ejemplo 1:

Para quienquiera que quisiere saber restar qualquiera cuenta grande o pequenya, es necesario que sepa que en el restar son necesarias dos sumas, como el nombre de la suma de la deuda y el nombre de las letras de la paga. (Ortega, Conpusición Arismética y Geometría, 1512, fol. 7r).

Ejemplo 2:

Ahora que para restar qualquiera cuenta, que siempre deve estar en el renglón de arriba la mayor cantidad, agora sea deuda o sea paga, porque en otra manera sería falsa la cuenta, las quales dos sumas, deuda y paga, as de asentar ni más ni menos que en el sumar, salvo que siempre as de poner una raya entre medias de amas a dos sumas. Y quando asentares las letras, pon como en el sumar: nombre enfruente de nombre y dezena enfruente de dezena, y ansí de todas las otras figuras siguientes. (Ortega, Conpusición Arismética y Geometría, 1512, fol. 7r).

Ejemplo 3:

Si quieres saber si es verdad, harás como hiziste en la resta pasada, que ayuntes la paga con la deuda y si está verdadera la resta y lo que pagó, montará amas a dos sumas tanto como la deuda principal, como lo veis por exemplo. (Ortega, Conpusición Arismética y Geometría, 1512, fol. 8v).


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