Diccionario de la Ciencia y de la Técnica del Renacimiento
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Variantes: arançada.
( de arienzo (DECH) ).

1. sust. f.

1ª datación del corpus: Celso, Reportorio universal leyes Castilla, 1553.
Marca diatécnica: Metr.

Definición:

Medida agraria de Castilla compuesta de 400 estadales y equivalente a 447 deciáreas. La de Córdoba equivalía a 367 y la de Sevilla a 475 deciáreas (Diccionario Histórico).

Ejemplo(s):

Ejemplo 1:

El que de veynte años en antes hoviesse plantado o edificado en término concegil de alguna cibdad, o villa, o en realengo con licencia del concejo, póngase a razón de cinco maravedís por arançada de viña. (Celso, Reportorio universal leyes Castilla, 1553, fol.LXXVIr).

Ejemplo 2:

Los que hovieren edificado en término concegil de alguna ciudad, o villa, o realengo con licencia del concejo, si hoviere más de XX años que ansí edificaron, deven quedar con los dichos edificios, cargándose de cinco maravedís de censo por cada arançada, o al respecto d'ella, atenta la calidad de la tierra. (Celso, Reportorio universal leyes Castilla, 1553, fol.CXIVr).

Información enciclopédica:

Medida de tierra plantada de viñas u olivas. Díjose aranzada porque ocupa la porción de tierra que puede arar un par de mulas o bueyes cada día (Autoridades: s. v. aranzada). // Se toma comúnmente entre los viñadores por 400 cepas, pero muchos labradores entienden por esta voz la tierra de viñas u olivas, que puede arar en un día un par de bueyes, con que en este sentido es lo propio que yugada. La aranzada de Toledo, según sus reglamentos, es su fanega o 400 estadales (Terreros: s. v. aranzada o alanzada de viñas).

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